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Daspu tiene convenios institucionales con clínicas, sanatorios, hospitales, consultorios y otros centros de salud. La mayoría de los profesionales que trabajan en esas instituciones atienden a nuestros afiliados.
Los convenios no obligan a que la totalidad de los profesionales que tienen sus consultorios en esos centros de salud tengan el compromiso de atender a los afiliados a Daspu.
Si bien son pocos esos casos, es conveniente que los afiliados se informen en la institución de la cartilla a la que concurran si el profesional que eligieron atiende en convenio con Daspu.
Si en la institución le informan que el o la profesional atiende a afiliados de Daspu, eso significa que no se puede solicitar al afiliado pago adicional alguno al coseguro que está convenido: actualmente el acuerdo establece un coseguro por consulta diferencial para los dos niveles institucionales.
Cuando el prestador imprime la orden de consulta, que luego le hará firmar, en ella figura el monto del coseguro convenido que deberá abonar.
Afiliado/a: por favor asegúrese de pagar el monto que le corresponde. En todos los casos las instituciones deben extender recibos oficiales por dichos pagos. Ante cualquier duda o aclaración, concurra a cualquiera de las sedes de Daspu donde lo asesoraremos sobre cada situación en particular.