
Ante las consultas recibidas por lo determinado por el Decreto 743/2022, respecto a las empresas de medicina prepaga y la reducción de cuotas, seguimos informando a nuestras afiliadas y afiliados que DASPU es una obra social universitaria, por lo tanto no está comprendida por lo establecido en dicho decreto ya que no está regulada por la Superintendencia de Servicios de Salud, quien regula los aumentos de cuotas y las reducciones de las mismas.
Daspu se rige por la Ley 24741, de obras sociales universitarias, que establece el marco legal, la regulación y funcionamiento de las mismas.
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